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Duplicado de libretas de familia

Ante la pérdida de libreta de familia, la pareja de cónyuges puede solicitar un duplicado / triplicado, o lo que corresponda.

Requisitos del trámite

Se debe presentar copia del acta de matrimonio donde figure el número de libreta.

Además, presentar acta de nacimiento de cada hijo del matrimonio y, en caso de corresponder, acta de defunción de hijo/a o cónyuge.

Pasos para realizar el trámite

Paso 1

Solicitar una copia del acta de matrimonio inscripta en la provincia de Córdoba en este link.

Paso 2

Una vez que ya se cuenta con la copia del acta comunicate con el registro civil municipal donde está inscripto el matrimonio.

Por el contrario, si el casamiento se realizó con la oficina móvil, dirigite personalmente a la Dirección General de Registro Civil de la Provincia de Córdoba, ubicada en La Tablada 181 de la Ciudad de Córdoba, en el horario de 9 a 13hs.

¿Cómo se presenta?

Personalmente en la oficina de registro civil donde está inscripto el matrimonio.

Costo

Según la ley impositiva vigente del año 2024 (Ley: 10.929, art. 79), la tasa es la siguiente:

  1. Por el otorgamiento de la Libreta de Familia por parte de la Dirección y expedidas por las oficinas seccionales:

2.1.- Primer ejemplar (Artículo 420 del Código Civil y Comercial de la Nación): Sin cargo

2.2.- Por cada ejemplar adicional al primero previsto en el punto 2.1.-: $ 2.200

La tasa deberá ser generada en el Portal de Tasas Retributivas de Servicios (TRS) del Gobierno de la Provincia de Córdoba