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Unión Convivencial

El trámite permite registrar la unión entre dos personas que conviven en modo singular, público, notorio, estable y permanente compartiendo un proyecto de vida en común.

Requisitos del trámite

*Que los dos integrantes sean mayores de edad y capaces.

*Que no estén unidos por vínculos de parentesco en línea recta en todos los grados, ni colateral hasta el segundo grado.

*Que no estén unidos por vínculos de parentesco por afinidad en línea recta.

*Que no tengan impedimento de ligamen ni este registrada otra convivencia de manera simultánea.

*Que mantengan la convivencia durante un periodo no inferior a 2 años.

*DNI de ambos convivientes, con domicilio en común en la Provincia de Córdoba con una antigüedad superior a dos años.

En caso de no cumplir con todos o algunos de los requisitos, deberán consultar en el registro civil qué documentación deberán presentar para probar fehacientemente la convivencia.

Documentación requerida

*DNI de ambos convivientes, con domicilio en común en la Provincia de Córdoba con una antigüedad superior a dos años.

*Dos testigos mayores de edad con DNI, quienes no deben ser parientes en ningún grado.

*Declaración jurada completa y suscripta.

*Si existe pacto de convivencia, deberá presentarse con firma certificada por escribano público o escritura según corresponda.

*Si hubiese inconsistencias entre los datos aportados en la DDJJ y la documentación presentada, el Registro Civil podrá solicitarles las actas de nacimiento actualizadas de ambos convivientes. Si nacieron en otras provincias, deberán proveerlas legalizadas. Si nacieron en otros países, deberán proveerlas apostilladas o visadas por el consulado argentino en el país de origen y debidamente traducidas en el caso de corresponder, con intervención del Colegio de Traductores Públicos de la Provincia de Córdoba (Av. Colon N° 168).

Si las inscripciones de nacimientos se produjeron en la Provincia de Córdoba, la Oficina del Registro Civil procederá a la búsqueda con los datos que deberán aportar en la declaración jurada.

Pasos para realizar el trámite

Paso 1

Solicitar turno en el Registro Civil.

Paso 2

Los convivientes deben presentarse el día del turno con toda la documentación requerida para iniciar el trámite, además de aportar los datos de los testigos, a quienes posteriormente el registro civil les tomará la declaración testimonial.

Paso 3

Luego de que el Registro Civil tome la solicitud de la unión convivencial, ésta es remitida a la Dirección General, organismo que le asignará un número de expediente y realizará el estudio de la documentación para luego autorizar o no la unión convivencial.

Paso 4

Si la unión convivencial es aprobada por la Dirección General, se remite la autorización al registro civil correspondiente, que será el organismo encargado de notificar a los convivientes la fecha desde la cual se les autoriza la convivencia y posteriormente citarlos a celebrar la unión convivencial.

¿Cómo se presenta?

Se inicia de manera presencial en el Registro Civil que corresponda al domicilio de convivencia.

Costo

*Según la ley impositiva provincial vigente del año 2024 (Ley: 10.929, art. 79), la tasa es la siguiente:

3.1.- Por la celebración del matrimonio o registración de unión convivencial por la Oficina del Registro Civil en horario o día hábil: $ 7.000

3.2.- Por la celebración del matrimonio o registración de unión convivencial por la Oficina del Registro Civil en horario o día inhábil: $ 22.000

Información Adicional

La registración debe ser solicitada por ambos convivientes (art.511 C.C y C.).

Toda la documentación debe ser presentada en original y copia. No se recibe documentación incompleta o desmembrada.