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Identidad de Género

Este trámite consiste en modificar tus datos personales en el Registro Civil de acuerdo a la Ley 26.743 de identidad de género y el Decreto Nacional 476/2021 que permite modificar el nombre y el sexo registrado en el acta de nacimiento.

Requisitos del trámite

  1. Las personas mayores (+18) deberán presentar: DNI y acta de nacimiento.
  2. Las personas menores (-18) deberán concurrir con la/los progenitora/es y el abogado del niño (designado por el Colegio de Abogados) y presentar:

-DNI y acta de nacimiento del menor

-DNI de la/los progenitores y presencia ambos progenitores

-Presencia del abogado del niño y carnet del abogado.

Documentación requerida

Pasos para realizar el trámite

Paso 1

Solicitar turno en el Registro Civil correspondiente al domicilio del/a ciudadano/a, o en el registro civil donde se inscribió oportunamente el acta a rectificar. 

Paso 2

Presentarse el día del turno con toda la documentación requerida para iniciar el trámite.

Paso 3

Luego de que el Registro Civil que corresponda tome la solicitud de un cambio de género, ésta es remitida a la Dirección General, para que se genere el expediente y se confeccione una nueva acta conforme al sexo auto percibido, ordenándose posteriormente la inmovilización del acta originaria.

Paso 4

Si al momento de iniciar el trámite declaraste un mail de contacto, se te notificará de manera electrónica cuando la gestión esté lista. Sino, la Dirección General le notificará directamente al Registro Civil donde está inscripta tu partida de nacimiento, quien te avisará la finalización del trámite.

¿Cómo se presenta?

Se inicia de manera presencial en el Registro Civil o en el registro civil donde se inscribió oportunamente el acta a rectificar.

El trámite es totalmente gratuito.

Información Adicional

En el caso de que tu domicilio o tu acta sean de Córdoba Capital, el turno para iniciar el trámite deberás solicitarlo en el Registro Civil de la Ciudad de Córdoba, dependiente de la Municipalidad, ubicado en Boulevard Chacabuco 737. 

Aquí podés consultar el texto completo de la Ley de Identidad de Género - Ley 26.743 y el Decreto Nacional 476/2021.

En el campo “sexo” reflejado en el documento se podrá optar por la nomenclatura “X”, comprendiendo la autopercepción de género no binaria, indeterminada, no especificada, indefinida, no informada, no consignada y de cualquier otra percepción con la que pudiera identificarse la persona.

Está dirigido a toda persona que quiera ejercer su derecho a la identidad de género en nuestra provincia.